viernes, noviembre 09, 2007

La Casa Solariega

En la conciencia de los nobles gallegos la casa es el elemento nuclear: varían los patrimonios, se rebelan los hombres, cambian incluso los apellidos, pero permanece invariable la casa, cuya honra se cuida celosamente. Por esto los acontecimientos se refieren siempre no sólo a los protagonistas sino también a su casa. La casa es de alguna manera, una bandera común a la que pertenecen, cuya honra buscan, por la que se baten y a la que incluso llegan a servir gratuitamente no sólo los magnates que ostentan la jefatura, y los caballeros y escuderos que se vinculan a ellos, sino todos los hombres de familia, de servicio o acostamiento. Don Pedro Álvarez de Sotomayor sabía bien que fibra tocaba cuando arengaba a sus caballeros y escuderos: ”Ea, criados da casa de Sotomayor, agora é tempo de facer polas vosa honrras”, a lo que contestaban “Sotomayor, Sotomayor, Sotomayor”.

Las casas nobles gallegas tenían unos recursos limitados y sin caminos de expansión. Era preciso la conciencia común de lo excepcional de la situación. Esta apremiante situación no dejaba otra vía de financiación que la imposición, con la espada en la mano, de nuevos impuestos sobre los ricos monasterios. Otra fuente de financiación la obtenían sirviendo a nobles que tenían intereses en Galicia, como hicieron los Moscoso y los Altamira, que intrigaron contra el Arzobispo de Santiago, apoyados por los poderosos condes de Trastámara, que luego fueron auxiliados por Fernán Pérez de Andrade.

Existía una solidaridad viva en el marco de las casas. Acaso en la de los Moscoso se llegó al máximo en este compromiso: había una amplia masa de parientes hidalgos que en las situaciones de aprieto se unían para hacer una caja común de bienes, aportando cada uno de ellos su hacienda, y obedeciendo al hermano mayor. Los caballeros y escuderos se juramentaban para la defensa y continuidad de la casa, que había que salvar. Así aconteció al fallecer Vasco Pérez de Moscoso: García Martínez de Barbeira y García Pérez da Costela formaron consejo con otros hidalgos y deciden otorgar la Jefatura de la Casa a un pariente que se encuentra fuera de Galicia, mientras venía, hubo que hacer frente al temible arzobispo Fonseca que soñaba ya con la extinción de los Moscoso.

Las casas nobles ejercieron, como puede comprenderse, una cuidadosa política estamental, cuya primera tarea era atraer el mayor número posible de hidalgos acaudalados y valerosos, mantenerlos en su adhesión a la Casa y premiarlos oportunamente por sus lealtades y fazañas. En tal pretensión sólo podían hacer alarde de generosidad los que contaban con bienes para ellos: los Osorio de Trastámara y Lemos, los Andrade, los Sotomayor, los Prado, los Rivadeneira, etc. Los demás solamente brindaban protección y honor. Enfrente estaban los hidalgos enemigos, y sobretodo los traidores, a los que les esperaba la tortura, la afrenta y la muerte.

La casa planifica el futuro de los vástagos, con miras muy variadas y cambiantes, y recibe interferencias del exterior, en especial de la Corona, la cual durante el reinado de los Reyes Católicos vigiló y siguió de cerca la política matrimonial de las casas conflictivas, como la de Lemos, a la que en la práctica le llegaron a imponer matrimonios.

Mucho antes de entrar en la edad núbi, en las casas gallegas los padres habían comprometido el futuro de sus hijos con “aviinzas” que frecuentemente no se realizaban porque aparecen entretanto nuevas posibilidades, como se verá al tratar el Mayorazgo. La endogamia política y estamental funciona al máximo, y sus consecuencias serán la fusión de numerosas casas y linajes al final de este periodo. Los hijos que no eran mejorados seguían la carrera eclesiástica y entraban en la nómina de los numerosos Cabildos o monasterios en los que la hidalguía prevalece. Para las hijas a las que no se les puede conseguir un matrimonio adecuado se instituyen nuevos monasterios como los de las Clarisas en Santiago, Allariz, Pontevedra o el de Santa Clara de Monforte de Lemos.

Herencia y Mayorazgo

La hidalguía gallega se preocupó por regular la transmisión hereditaria de su patrimonio. Definirlo y fijarlo, en lo que se refiere a la primogenitura y al Mayorazgo, era una exigencia primaria del tiempo, que se dio entre la hidalguía gallega en la misma medida que en el resto de la hidalguía de aquella época. Se trata de realidades que ya tenían su marco legal fijado en las Partidas de Alfonso X el Sabio. Conforme a sus preceptos, la mejora del heredero principal beneficiaba a éste en un tercio y en un quinto del patrimonio legado. El Mayorazgo va más allá, pues inmoviliza un lote de bienes, los define y los asigna como soporte del estado nobiliar del titular; fija su transmisión hereditaria con cláusulas muy estrictas; establece un orden de preferencia que se debe respetar siempre. Sólo la realeza autoriza eventuales cambios en esta mecánica.

Los testamentos siguen el esquema diplomático del período, con formulario fijo tanto en los textos gallegos como en castellano, dejando entrever a veces ciertos refinamientos culturales y rasgos espirituales muy novedosos. Existe la primogenitura en forma de cupo de bienes intangible, delimitada con expresiones muy ceñidas en el afán de que nunca pueda disolverse el patrimonio. Pedro Arias de Aldao lo dice ejemplarmente en 1374: “quero e he a miña voontade que toda a miña fazenda quede xunta, porque sempre haxa memoria das miñas casas e da miña xente fidalgas que delas ven”.

Se habla en estos textos de mejoras de bienes con el mismo espíritu que se manifiesta después en los mayorazgos: masa de bienes inseparables del vínculo hereditario; determinación y orden de sucesión del “herdeiro e señor” de la casa; condición del consorte futuro, con referencia a sus condiciones estamentales, raciales o religiosas, como el del citado Arias de Aldao que quiere que su heredero “se case con xente fidalga e limpa de toda agaficidad e mala raza”.
Los caballeros gallegos aspiraban a la mayor solidez posible de su casa y estado, por lo que han de pensar en el mayorazgo que abre pujante su camino entre la hidalguía castellana. En Galicia parece mostrarse cierta precocidad en la iniciativa, cuando la vemos documentada ya en los años finales del siglo XIII; de ello ofrece un buen ejemplo Vasca de Ulloa, en su testamento de 1290. Sus bienes patrimoniales formarán una masa única encabezada en una sola persona:
con condiçon que ditos bens sempre anden xuntos heredados e encorporados nunha soa persoa”, que sólo podrá ser del linaje Ulloa, prefiriendo naturalmente los herederos directos, y, si no los hay, “a persoa que teña sempre por máis adiantado no meu linaxe de Ulloa e o traiga no seu escudo darmas coa roda e o pendon de Santa Catalina”.

En la segunda parte de siglo XV hay conciencia no sólo de la función económica del Mayorazgo, sino también de su trascendencia política. Se recurre regularmente a la corte y a la Chancillería de Valladolid para la disciplina jurídica por la que tenían que regirse. De nuevo nos sorprende la vigorosa iniciativa de los Ulloa, que se dirigen a Enrique IV solicitando facultad para constituir dos mayorazgos, pues cada cónyuge establecerá el suyo. Por una provisión real dada en Aranda el 6 de mayo de 1461; los titulares de Ulloa, Don Lope Sánchez y Doña Inés de Cástro, ya pueden disponer de sus bienes, como hacen en su casa de Santiago el 23 de octubre de 1461; queda así enmarcado un futuro de mayores alientos mirando a su impetuoso hijo Don Sancho.




Los hidalgos gallegos compruebaban con dolor la oposición de dos realidades: su pobreza económica que no les daba respiro, y la conveniencia de fijar mediante un Mayorazgo una estabilidad para su linaje y casa. Hacer mayorazgo era un acto de sabiduría, “sinaladamente para que habendo memoria das cousas pasadas e consideración das presentes, nas venideiras dereitamente podamos proveer”. Para Don Juan Pimentel el mayorazgo es como el báculo de los hidalgos: “con quanta prudencia e ordenada raçon los varones nobles e insignes antepasados inventaron la ordenación de los mayorazgos e derechos de primogenitura, la cual en si tenía e tuvo sempre tanta necesidad e utilidad que quasi desde los primeros padres aún por ley divina ovo comienço”.

El mayorazgo ha de ser visto como un patrimonio que, más que enriquecer, obliga y reta al heredero, “porque a los buenos subcesores y virtuosos se pone espuela para remedar a la nobleza de sus padres e se da materia e ocasión para les poder avantar e acrescentar e façer mas claros, e a los prodigos gastadores e viçiosos se pone freno, para que localmente nin por necesidad alguna nin cabsa non puedan peder las casas nin faziendas subjetas a restitución e ordenadas con los vínculos de primogenitura y mayorazgo nin quitarlas a la projenie a quien se dexan”.

Si la primogenitura y el mayorazgo tienen la dignidad curativa que les atribuyen los nobles gallegos, ¿cuál habrá de ser la condición del titular?. Hay que contar con lo que se tiene. Sólo hay posturas relativamente uniformes respecto al sexo; aunque la preferencia por los varones es mayoritaria, existen excepciones. Se llaman en primer término a los hijos legítimos, pero se abre la puerta a los bastardos, legitimados en la mayoría de los casos. A la hora de la verdad se saltan todos los obstáculos en la búsqueda de un varón. No hubo dudas entre los Sotomayor. En todos los casos se amenaza con desheredar a los que casen con cristianos nuevos, con pecheros, como dirá el Fernán García Barba de Figueroa” infectas da mala raça de mouros ou xudios ou de outro sangue malo”. Vasco de Ulloa en el mayorazgo que instituyó nombra como sucesora a Teresa Sánchez de Ulloa, “e sea sempre muller ainda que haxa homes”.